La jubilación marca un cambio significativo en la vida de muchas personas. Esta se considera la primera etapa de la vejez, ya que las personas se ven obligadas a reorganizar su rutina y dejar de poner el foco en el trabajo. En el caso de la jubilación profesor, es importante planificarla bien, ya que va a depender del Régimen de Clases Pasivas o al Régimen General de la Seguridad Social, según la situación de cada persona. Una buena organización de la jubilación te permitirá disfrutar libremente de esta nueva etapa de la vida.
Por ello, en este artículo te contamos todo lo que necesitas saber de la jubilación de los profesores y te damos algunas recomendaciones para una jubilación saludable. ¡Toma nota!
Jubilación profesor en el Régimen de Clases Pasivas
El Régimen de Clases Pasivas se aplica a los docentes funcionarios de carrera que ingresaron antes del 1 de enero de 2011. Se rige por normas propias, distintas del sistema general:
- Jubilación voluntaria. Puedes jubilarte a partir de los 60 años, siempre que hayas prestado al menos 30 años de servicios efectivos al Estado. Debes solicitarla con al menos 3 meses de antelación.
- Jubilación forzosa. Se produce automáticamente a los 65 años. En el caso de docentes universitarios, la jubilación se retrasa hasta los 70 años, aunque pueden solicitar retirarse al finalizar el curso en que cumplan esa edad.
Cálculo de la pensión en el Régimen de Clases Pasivas
La pensión se calcula aplicando un porcentaje sobre el haber regulador, una cifra que varía según el grupo funcionarial. Cuantos más años de servicio, mayor será el porcentaje.
En 2026, el límite máximo de pensión se sitúa aproximadamente en 3.300 € mensuales (en 14 pagas), tras la revalorización anual de las pensiones.

Jubilación profesor en el Régimen General de la Seguridad Social
Este grupo incluye a interinos, docentes laborales y quienes hayan accedido a la función pública desde el 1 de enero de 2011. Su jubilación funciona igual que la del resto de trabajadores del régimen general:
- Jubilación ordinaria. En 2026, la edad legal de jubilación es de 66 años y 10 meses, salvo que hayas cotizado 38 años y 3 meses o más; en ese caso puedes jubilarte a los 65 años.
- Jubilación anticipada. La jubilación voluntaria es posible hasta 2 años antes de la edad legal, con reducción del importe de la pensión. A su vez, la jubilación anticipada involuntaria puede producirse hasta 4 años antes, en casos de despido o causas ajenas al trabajador, también con penalización.
Cálculo de la pensión en el Régimen General
Se toma como referencia la base reguladora, que se calcula a partir de las bases de cotización de los últimos años. Actualmente, el sistema está en transición, tomando como referencia hasta los últimos 29 años cotizados, con posibilidad de aplicar fórmulas que favorezcan al trabajador.
Para cobrar el 100% de la pensión, en 2026 se exige haber cotizado al menos 36 años y 6 meses.
¿Cómo pedir la pensión de jubilación?
Puedes solicitar la jubilación de forma presencial con cita previa o a través de internet en la Sede Electrónica de Clases Pasivas o en el portal de la Seguridad Social, según tu régimen.
Recomendaciones para una jubilación saludable
Las personas jubiladas pueden disfrutar de la libertad y el tiempo libre que les ofrece la jubilación. Sin embargo, también puede suponer un desajuste emocional y una pérdida de identidad. Esto es debido a que muchas personas no saben qué hacer con su tiempo libre o encuentran dificultades para adaptarse al nuevo ritmo de vida.
Por ello, el foco principal en esta etapa hay que ponerlo en la salud mental. Es importante buscar actividades de ocio, hobbies y maneras de seguir desarrollándose intelectual, física y emocionalmente, para que la persona se siga sintiendo realizada.
Jubilarse es una gran oportunidad para mantener y explorar los autocuidados durante el envejecimiento. Es el momento perfecto para dedicarte tiempo de calidad: cuidar tu salud, tu círculo social y tu bienestar físico y emocional.
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